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sábado, 18 de abril de 2020

¿QUE TAL ESTE DECRETO?

Ante la URGENTE y NECESARIA presencia del COR EXRU[1] en la zona rural del país, se

DECRETA:

Art. 1. Una CUARENTENA de -al menos- cincuenta días calendario en todo el territorio colombiano. Prorrogables. 

Parágrafo. Previamente se exige una semana de baño diario para abrir la mente y quitar prejuicios.

Art. 2. La CUARENTENA se cumplirá estrictamente EN CASA DE LOS CAMPESINOS, sin interferencia de sus labores productivas y social-comunitarias.

Art. 3. Esta CUARENTENA es de OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO para: 
a)     Los directores y empleados nacionales y extranjeros de las Agencias de Cooperación Internacional.
b)    Los empleados de los Ministerios de Agricultura, Medio Ambiente, y sus asesores. 
c)     Los gerentes, directores y empleados de las agencias adscritas a estos Ministerios.
d)    Los miembros de la Comisión quinta del Senado.
e)    Los profesores de pregrado y posgrado de las Facultades de Ciencias Agropecuarias, Sociales y Ambientales.
f)      Los gerentes y directivos de los gremios del sector agropecuario.
g)     Los Extensionistas y profesionales del sector rural.
h)    Todos los interesados en el Desarrollo Rural de Colombia.

Art. 3. Durante el confinamiento, todas las personas mencionadas en el Art. 3, deberán usar OBLIGATORIAMENTE
a) TAPABOCAS DE ESPARADRAPO BIEN ANCHO y 
b) AURICULARES GRANDES, HI-FI. (Alta fidelidad).

Art. 4. Solo se permitirá llevar artículos de aseo personal, una libreta de campo, lápiz, celular en modo “rural” y cámara fotográfica sin filtros. 

Art. 5. ES OBLIGARORIO el acompañamiento al productor y su familia en las labores diarias; al mercado; y el uso de las herramientas e implementos que el productor utiliza.

Art. 6. ACCIONES POSTERIORES.   Después del confinamiento se reunirán por grupos de trabajo, para analizar las siguientes preguntas:

  • ¿Vamos a seguir trabajando en el campo con las mismas metodologías que aplicamos desde antes de la pandemia del COR EXRU?

  • ¿QUÉ tareas y acciones, de nuestra dependencia, se deben eliminar, por ineficientes, obsoletos, caducos?
  • ¿QUÉ debemos mejorar, hacer menos costoso, que impacte positivamente, que motive a los productores?
  • ¿QUÉ debemos innovar, repensar, rediseñar, probar con la gente? 

Art. 7. RIESGOS POR INCUMPLIMIENTO. ¡Las personas y entidades que no cumplan con la CUARENTENA pueden no sobrevivir o… caer en la mediocridad y en la burocracia!



¡BIENVENIDA CUARENTENA POR ESTE COR EX RU!
OJALA LLEGUE PRONTO.








[1] Virus de Extensn rural.

2 comentarios:

  1. Sería genial el cumplimiento de este decreto!!

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  2. Gracias considero que debemos atender estas disposiciones. Porque la vida vale más. Debemos buscar estrategias aprovechar todos los medios tecolologicos para llegar a todos nuestros productores. Son retos y debemostomper paradigmas. Don oportunidades.

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