El artículo 25 de la Ley 1876 que creó el Sistema nacional de Innovación Agropecuaria (SNIA), en el numerales 1 y 2, se lee: “Desarrollo de capacidades…”
En el 1 el enfoque es el “desarrollo de capacidades humanas integrales…” Y en el 2, el enfoque es hacia “el desarrollo de capacidades sociales integrales…”. Con el desarrollo de estos dos, los otros tres aspectos (adopción de Tics, gestión de recursos naturales, participación y empoderamiento) se lograrán como resultado.
1.-¿QUE se entiende por CAPACIDADES…INTEGRALES?
¿Habilidades en todo, o en qué?
¿Destrezas en todo, o en qué?
¿Competencias en todo, o en que?
¿Talentos en todo, o en que?
¿Todas las anteriores?
¿Ninguna de las anteriores?
2. QUE se entiende por “INTEGRAL”? ¿Es el mismo concepto del antiguo DRI (Desarrollo rural Integrado)?
3. ¿QUE son PRINCIPIOS? ¿VALORES? ¿Son lo mismo? ¿Son diferentes? ¿Cual es la diferencia?
4. ¿COMO se logra el desarrollo de CAPACIDADES … “INTEGRALES”?
5. ¿COMO se mide el grado de integralidad de esas capacidades humanas y sociales?
“La capacidad no son simples habilidades… incluye también las libertades o las oportunidades creadas por la combinación entre esas facultades personales y el entorno social, político y económico”. (Amartya Sen)
Apreciado Ligorio
ResponderBorrarUna Ley define aspectos generales de una política
Los procedimientos e instrumentos deben ser objeto de Decretos y Resoluciones, entre otros